Novedades kit digital
Las empresas de menos de 3 trabajadores podrán pedir su bono digital de 3.000 euros a partir del 14 de junio
Bonos de 3.000 euros para las microempresas y autónomos/as
Esta modificación de la convocatoria recoge que la cuantía de los bonos para este segmento de empresas será de 3.000 euros. El formulario para solicitar esta nueva cuantía estará abierto a partir del 14 de junio a las 11 horas, a través de la sede electrónica de Red.es (https://sede.red.gob.es). El plazo para presentar las solicitudes se mantendrá abierto hasta el 31 de octubre de 2025 a las 11 horas.
En la modificación se detallan los importes máximos de ayuda por cada categoría de soluciones de digitalización, los plazos para consumir el bono, el modelo de declaración de conformidad, entre otros detalles de la ayuda.
Además, esta resolución parcial de la convocatoria incrementa el presupuesto en 500 millones de euros que unido al presupuesto inicial suman un total de 1.000 millones de euros que tienen por finalidad la mejora de la competitividad y del nivel de madurez digital de empresas de este segmento.
Para solicitar la ayuda, las empresas deberán primero registrarse en el área privada de www.acelerapyme.es y completar el test de autodiagnóstico digital, a continuación, consultar la información disponible de las soluciones de digitalización en el catálogo y finalmente, solicitar la ayuda en la sede electrónica de Red.es (https://sede.red.gob.es).
Para aquellas empresas del segmento III que han sido beneficiarias en las ayudas del Programa Kit Digital por un importe de 2.000 euros, y que no se haya extinguido por renuncia o por cualquier otra causa que diera lugar a ello, podrán solicitar los 1.000 euros adicionales mediante una declaración de conformidad a través de su expediente en la Sede Electrónica de Red.es.
Tanto si la entidad es nueva solicitante como si ya es beneficiaria y quiere solicitar los 1.000 euros adicionales, el plazo de consumo del bono será de seis meses a contar desde la concesión. Las ayudas son de concurrencia no competitiva y se otorgarán de forma directa y por orden de llegada, una vez realizadas las comprobaciones del cumplimiento de los requisitos exigidos en la convocatoria.
Nueva categoría de solución: Puesto de Trabajo Seguro
Las microempresas y autónomos/as podrán adquirir una o varias soluciones de digitalización de las previstas en el catálogo:
- Sitio web y presencia en internet
- Gestión de redes sociales
- Comercio electrónico
- Gestión de clientes
- Servicios y herramientas de oficina virtual
- Inteligencia empresarial y analítica
- Gestión de procesos
- Factura electrónica
- Comunicaciones seguras
- Ciberseguridad
- Presencia avanzada en internet
- Marketplace
- Puesto de trabajo seguro
La solución «Puesto de trabajo seguro» incluye un dispositivo hardware que debe tener integrado en el producto y en el precio, una licencia que cumpla con los requisitos establecidos para la categoría X, de Ciberseguridad, además de un encriptado/cifrado en reposo, que asegure la privacidad de los datos y documentos almacenados en el dispositivo.
Con esta categoría se pretende favorecer la automatización de tareas, la gestión eficiente de los datos y la comunicación fluida. El objetivo es mejorar la productividad y la competitividad de este segmento en un entorno seguro.
La cuantía máxima subvencionable para esta solución es de 1.000 euros, siendo subvencionables ordenadores portátiles u ordenadores de sobremesa junto con monitor nuevos, que deberán cumplir unos requisitos que recoge la Orden de Bases.
Con el objetivo de seguir contribuyendo a que las microempresas y autónomos/as continúen su proceso de transformación digital, las nuevas empresas beneficiarias que quieran formalizar Acuerdos de Prestación de Soluciones de Digitalización de la Categoría de «Puesto de trabajo seguro», deberán haber formalizado y tener validado previamente uno o más Acuerdos de cualquier otra de Solución del catálogo. En el caso de la solución de Puesto de Trabajo Seguro, una vez implantada, y completado el periodo de 12 meses de prestación del servicio, el agente digitalizador deberá informar a la entidad beneficiaria del valor residual del equipo. Este valor será como máximo del 15% del importe del valor del Acuerdo firmado. En caso de que la empresa beneficiara quisiera quedarse con el equipo, pasados los 12 meses de servicio, deberá abonar esa cantidad.
Los agentes digitalizadores son los únicos habilitados para suscribir “acuerdos de prestación de soluciones de digitalización” con las empresas beneficiarias de las ayudas del programa Kit Digital y titulares del bono digital, y podrán colaborar en el proceso de solicitud de las ayudas siendo también representantes voluntarios, así como en las actuaciones de control que se deriven de las mismas.
Además, serán ellos los que presenten toda la documentación justificativa y los que reciban el pago del bono digital cedido por el beneficiario, una vez se haya aceptado su justificación.
Estratexa, como agentes digitalizadores adheridos al programa kit digital, puede ayudarte a gestionar tu bono. Si necesitas más información, puedes contactar con nosotros en el siguiente formulario: